COZUMEL Q, ROO.- Elementos de Seguridad Pública Municipal acudieron a la colonia Independencia, para retirar una «Porno- Lona» donde se aprecia claramente la fotografía de una mujer desnuda. Todo apunta que una esposa dolida, tomó la decisión de vengarse del marido, y exhibió a la supuesta amante. No se descarta una denuncia contra quien o quienes resulten responsables de la pornovenganza.
La mañana de hoy a través de las redes sociales, los cibernautas alertaron a las autoridades que en la avenida 35 sur entre 11 y 13 sur de la colonia antes mencionada, justo en la barda perimetral de un predio baldío, fue colgada una lona con la imagen de una mujer desnuda, y el siguiente mensaje; «PARA LA PROXIMA ASEGURATE DE QUE LA ESPOSA NO TEGA DINERO PARA LONAS»
La fotografía de la lona que fue compartida en las redes sociales en cuestión de minutos se regó como pólvora, y esto alertó a las autoridades, para iniciar con las investigaciones, a fin de ubicar a los involucrados en este escándalo, que a todas luces se aprecia una muestra clara de violencia hacia una mujer, al ser vulnerada su vida privada.
Trascendió que esa lona fue colocada a un costado del IMSS, ya que presuntamente el esposo infiel labora en aquel instituto, junto con la fémina que aparece en la gráfica.
Por su parte, el Código Penal de Quintan Roo tipifica el delito de Violación de la Intimidad Personal o Familiar en su ARTICULO 194 BIS, que al pie de la letra refiere: «Se sancionará con prisión de seis meses a cuatro años y de cien a trescientos días multa, a quien sin consentimiento de otro, o sin autorización judicial y con el fin de conocer asuntos relacionados con la intimidad personal o familiar de aquél, utilizando cualquier medio:
II.- Reproduzca los documentos u objetos que contengan información relacionada;
o
III.- Escuche, observe, o grabe una imagen fija o en movimiento, el sonido, o
ambos.
Para efectos de lo dispuesto en el presente Capítulo, deberá entenderse por derecho a la intimidad, la manifestación concreta de la separación entre el ámbito privado y el público. Se asocia con la existencia de un ámbito privado que se encuentra reservado frente a la acción y conocimiento de los demás y tiene por objeto garantizar al individuo un ámbito reservado de su vida frente a la acción y conocimiento de terceros, ya sea simples particulares o bien los poderes del Estado.
ARTICULO 194-Ter.- Se sancionará con prisión de uno a cinco años y de doscientos a trescientos días multa a quien revele, distribuya, transmita o lucre con la intimidad personal o familiar prevista en el artículo que antecede.
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